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Procedimiento monitorio para reclamar deudas de empresa

El procedimiento monitorio es el cauce judicial habitual para reclamar deudas dinerarias, vencidas, líquidas, exigibles y documentadas cuando el deudor no paga tras la reclamación extrajudicial. No es el único procedimiento posible, pero suele ser el más rápido y económico para este tipo de casos.

Esto no es un punto de partida: el monitorio solo se plantea después de la reclamación extrajudicial, si el deudor no ha pagado y el caso sigue siendo viable. Empieza por la reclamación extrajudicial si aún no la has hecho.

Para quién es este servicio

  • Autónomos y pymes que ya han hecho la reclamación extrajudicial y el deudor no ha pagado
  • Deudas dinerarias, vencidas, líquidas y documentadas — no discutidas de fondo por el deudor
  • Quien quiere obtener un título ejecutivo antes de decidir si merece la pena ejecutar

Casos que requieren estudio específico

  • — El deudor está en concurso de acreedores (insolvencia formal)
  • — Hay indicios claros de que el deudor no tiene bienes localizables
  • — El deudor ya ha anunciado que se va a oponer con argumentos de fondo

Obtener el título no es lo mismo que cobrar

El monitorio permite obtener un decreto que ordena el pago o, si hay oposición, abre la vía del juicio correspondiente. Ninguna de estas fases garantiza el cobro efectivo: eso depende de que el deudor pague voluntariamente o de que existan bienes ejecutables si hace falta ejecutar.

¿Qué incluye la petición inicial?

  • Preparación de la petición inicial de monitorio
  • Ordenación y revisión de la documentación
  • Presentación de la solicitud ante el juzgado competente
  • Seguimiento de la fase inicial hasta que ocurra pago, archivo, localización fallida, oposición o transformación del procedimiento

¿Qué pasa si el deudor se opone?

Si el deudor se opone dentro de plazo, el procedimiento monitorio se transforma en un juicio verbal u ordinario según la cuantía. Esa fase no está incluida en el precio de la petición inicial: se informa y se presupuesta aparte antes de continuar, para que decidas si quieres seguir.

¿Qué no incluye esta fase?

  • Juicio verbal u ordinario tras oposición
  • Vistas, recursos y escritos derivados de la oposición
  • Ejecución forzosa de bienes
  • Investigación patrimonial avanzada, procurador y peritos

Posibles gastos externos: tasas judiciales y otros suplidos, cuando correspondan según el tipo de deudor y el procedimiento.

Precio: 229 € + IVA adicionales, solo si decides continuar tras la reclamación extrajudicial (179 € + IVA). Se abona al aceptarse la continuación, antes de presentar la petición.

Sigue leyendo: guía completa del juicio monitorio, cuánto tarda un procedimiento monitorio, qué pasa si hay oposición y qué pasa si el deudor no tiene bienes.

Dudas frecuentes antes de llegar aquí: ¿necesito abogado para esto? y la MASC obligatoria antes del monitorio.

Preguntas frecuentes

¿Está incluido el procurador?

No. La petición inicial de monitorio no exige procurador en la mayoría de los casos. Si el asunto avanza a un juicio con oposición, el procurador y las actuaciones posteriores se presupuestan aparte.

¿Puedo reclamar varias facturas?

Sí. Cada factura o expediente se revisa por separado, porque la viabilidad puede depender de factores distintos en cada caso (documentación, importe, situación del deudor).

¿Qué ocurre si no se recupera la deuda?

Ninguna reclamación jurídica puede garantizar el cobro. El servicio garantiza que la reclamación y, en su caso, el procedimiento monitorio se tramitan correctamente, pero el cobro efectivo depende de que el deudor pague o tenga bienes ejecutables.

¿Se puede reclamar a una empresa de otra provincia?

Sí. El servicio es online y cubre toda España: la provincia del deudor no es un impedimento. El procedimiento se presenta ante el juzgado que corresponda según su domicilio.

Revisado por Juan Sánchez González, abogado colegiado nº 3357 (Colegio de Albacete).

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