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¿Necesito abogado para un monitorio sin abogado?

¿Es obligatorio un abogado en el procedimiento monitorio? Qué dice la ley, cuánto cuesta con y sin abogado, y cuándo conviene tenerlo igualmente.

Por Juan Sánchez González, abogado colegiado nº 3357 (Colegio de Albacete) · · 6 min de lectura

Una duda habitual antes de reclamar por vía judicial es si hace falta contratar un abogado o si se puede presentar el procedimiento monitorio por cuenta propia. La respuesta legal es clara, pero no siempre es la más práctica.

Qué dice la ley: no es obligatorio para la petición inicial

El artículo 814 de la Ley de Enjuiciamiento Civil no exige abogado ni procurador para presentar la petición inicial de procedimiento monitorio, con independencia de la cuantía reclamada. Esto es distinto a la mayoría de procedimientos judiciales, donde la intervención de abogado sí es obligatoria a partir de ciertas cuantías.

Esto cambia si el deudor se opone: en ese caso, el asunto pasa a un juicio verbal u ordinario, donde sí puede ser obligatorio contar con abogado y procurador según la cuantía. Puedes ver el detalle en la guía sobre monitorio vs. juicio verbal.

Entonces, ¿por qué tanta gente contrata abogado igualmente?

Que no sea obligatorio no significa que sea sencillo hacerlo bien. Una petición de monitorio mal planteada —documentación insuficiente, importe mal calculado, errores en la identificación del deudor— puede ser inadmitida o retrasarse, perdiendo el tiempo que se pretendía ahorrar. Un abogado que se dedica a esto:

  • Valora antes de presentar si la documentación es suficiente para que se admita
  • Calcula correctamente el principal, los intereses de demora y, si procede, la compensación por gastos de cobro
  • Redacta la petición conforme a lo que exige el juzgado competente, reduciendo el riesgo de inadmisión o requerimientos de subsanación
  • Hace seguimiento del expediente y reacciona si hay que responder a algo (por ejemplo, una oposición)

Cuánto cuesta presentar un monitorio

Tasas judiciales: las personas físicas (autónomos) están exentas de tasas judiciales en la jurisdicción civil. Las empresas pueden estar obligadas a abonarlas según el importe reclamado, salvo excepciones.

Sin abogado: el coste se reduce, en principio, a la propia tasa judicial (si aplica) y al medio usado para el requerimiento previo (burofax, por ejemplo). El riesgo que se asume es el de una petición mal preparada.

Con abogado de precio fijo: en CobroFormal, la reclamación extrajudicial previa cuesta 179 € + IVA y, si hace falta continuar, la petición de monitorio cuesta 229 € + IVA adicionales — nunca por adelantado. Puedes ver el desglose completo de gastos (tasas, procurador si hay oposición, etc.) en la guía sobre cuánto cuesta reclamar una factura impagada.

Con abogado de honorarios por porcentaje: algunos despachos y agencias cobran un porcentaje sobre lo recuperado en vez de un precio fijo, lo que puede salir más caro cuanto mayor es la deuda.

¿Cuándo sí compensa ir sin abogado?

En deudas de importe muy reducido, donde el coste de un abogado —aunque sea de precio fijo— puede no compensar frente al importe reclamado, y en casos muy simples y bien documentados, presentar el monitorio por cuenta propia es una opción razonable. El riesgo aumenta cuanto mayor es la deuda o más compleja la documentación disponible.

¿Y si el asunto avanza a juicio?

Aquí la situación cambia: si el deudor se opone y el asunto pasa a juicio verbal u ordinario, la intervención de abogado (y en muchos casos de procurador) puede ser obligatoria según la cuantía, y en cualquier caso muy recomendable, porque ya se entra a valorar el fondo del asunto con argumentos jurídicos.

Comprueba si tu caso está listo para un monitorio

Antes de decidir si presentarlo por tu cuenta o con abogado, conviene saber si tu documentación es suficiente para que se admita sin problemas. El test de viabilidad gratuito de CobroFormal analiza tu caso en tres minutos. Si prefieres que un abogado lleve todo el proceso, puedes ver los precios cerrados de CobroFormal.


Este contenido es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.

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