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¿Cuánto tarda un procedimiento monitorio en 2026?

Plazos orientativos del procedimiento monitorio según haya o no oposición del deudor, y qué factores influyen realmente en la duración.

Por Juan Sánchez González, abogado colegiado nº 3357 (Colegio de Albacete) · · Actualizado el 19 de julio de 2026 · 6 min de lectura

Una de las preguntas más habituales antes de iniciar un procedimiento monitorio es cuánto va a tardar en resolverse. La respuesta honesta es que depende sobre todo de la carga del juzgado competente y de si el deudor se opone o no — pero se pueden dar plazos orientativos por fase para hacerse una idea realista.

Fase 1: presentación y admisión

Tras presentar la petición inicial de monitorio ante el juzgado competente, el tiempo hasta que el juzgado la admite a trámite y emite el requerimiento de pago al deudor varía mucho según el partido judicial: en juzgados con poca carga puede ser cuestión de semanas; en juzgados grandes y saturados (Madrid, Barcelona y otras grandes ciudades), puede tardar varios meses solo esta fase inicial.

Fase 2: requerimiento al deudor

Una vez admitida, el juzgado requiere de pago al deudor, que tiene un plazo legal para reaccionar (pagar, oponerse o no decir nada). Localizar al deudor para notificarle puede añadir tiempo si no se le encuentra en la dirección conocida — en ese caso, puede hacer falta intentar otras direcciones o acudir a otros medios de notificación, lo que alarga el proceso.

Si el deudor no dice nada: la vía más rápida

Si el deudor no paga ni se opone en plazo, el juzgado dicta decreto dando por terminado el proceso monitorio y despacha ejecución si se solicita. Este escenario —sin oposición— es, con diferencia, el más rápido de todo el procedimiento.

Si el deudor se opone: pasa a otro procedimiento

Si el deudor se opone dentro de plazo, el monitorio se transforma en un juicio verbal o en un juicio ordinario según la cuantía, lo que implica empezar de facto un procedimiento judicial distinto, con sus propios plazos de trámite, vista y sentencia. Esto puede añadir varios meses o, en juzgados muy saturados, más de un año al tiempo total, dependiendo del partido judicial y de la complejidad del caso. Puedes ver qué cambia exactamente en la guía monitorio vs. juicio verbal.

¿Por qué no se puede dar un plazo exacto?

Porque el tiempo depende de factores que no controla ni el acreedor ni su abogado: la carga de trabajo del juzgado concreto, si el deudor es o no localizable, si se opone o no, y si hay incidencias procesales. Cualquier estimación cerrada (“tarda X meses”) sin conocer estos factores no sería realista.

Qué hacer mientras tanto

Mientras se resuelve el procedimiento, conviene mantener organizada toda la documentación del caso y estar atento a las notificaciones del juzgado. Un seguimiento activo del expediente ayuda a reaccionar rápido si hay que responder a algo (por ejemplo, si el deudor se opone) y evita que el procedimiento se demore por cuestiones evitables.

¿Necesito abogado para presentarlo?

La petición inicial de monitorio no siempre exige abogado ni procurador, pero eso no significa que presentarla sin uno sea siempre la opción más rápida. En la guía ¿necesito abogado para un procedimiento monitorio? se explica cuándo conviene tenerlo igualmente.

Qué ofrece Cobroformal.es

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Seguimiento del procedimiento monitorio hasta que ocurra pago, archivo, localización fallida del deudor, oposición o transformación del procedimiento, informando de cada novedad relevante. Precio de 229 € + IVA para la petición inicial, solo tras la reclamación extrajudicial y si decides continuar.

Comprueba si tu caso es viable

Antes de calcular plazos, conviene confirmar que tu deuda está lo bastante documentada como para plantear un monitorio. El test de viabilidad gratuito de CobroFormal lo analiza en tres minutos.


Este contenido es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.

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