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Juicio monitorio: qué es, plazos y cómo funciona

Qué es el juicio monitorio, sus plazos, costes y cuándo hace falta abogado. Guía completa del procedimiento monitorio para reclamar deudas.

Por Juan Sánchez González, abogado colegiado nº 3357 (Colegio de Albacete) · · Actualizado el 19 de julio de 2026 · 7 min de lectura

El procedimiento monitorio es el mecanismo judicial diseñado específicamente para cobrar deudas de dinero que están documentadas. Es el proceso más habitual para autónomos y pymes que necesitan cobrar una factura impagada y el deudor no responde.

Si tienes una deuda vencida, líquida y documentada, el monitorio es casi siempre la vía más rápida y barata para ir al juzgado. Antes de llegar aquí, normalmente se han agotado los pasos previos: si todavía no los has dado, la guía cómo reclamar una factura impagada paso a paso los resume.

¿Qué es el procedimiento monitorio?

Es un proceso judicial regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Permite reclamar al juzgado el pago de una deuda de dinero sin necesidad de celebrar juicio oral, siempre que la deuda esté suficientemente documentada.

El letrado de la Administración de Justicia (LAJ) del juzgado, sin necesidad de intervención del juez salvo que surjan cuestiones de admisión complejas, requiere de pago al deudor mediante decreto. El deudor tiene entonces un plazo de veinte días para:

  1. Pagar → el proceso termina
  2. Oponerse con razones jurídicas → el asunto pasa a juicio ordinario o verbal
  3. No hacer nada → el LAJ dicta decreto dando por terminado el proceso monitorio, y el acreedor puede instar directamente la ejecución

En la práctica, la mayoría de los monitorios no llegan a oponerse, aunque no existe una cifra oficial consolidada y publicada sobre el porcentaje exacto.

¿Qué deudas pueden reclamarse?

Pueden reclamarse mediante monitorio las deudas que cumplan estos requisitos:

  • Dinerarias: solo dinero, no otro tipo de obligaciones
  • Vencidas: el plazo de pago ya ha pasado
  • Líquidas: el importe es determinado o fácilmente calculable
  • Documentadas: respaldadas por factura, contrato, albarán, reconocimiento escrito u otro documento que acredite la relación comercial

Sin límite de cuantía: desde 2015, el monitorio se puede usar para cualquier importe. Antes solo era para deudas de hasta 250.000 €.

¿Qué documentos necesito?

El documento más importante es la factura. Pero si no tienes factura, también pueden servir:

  • Contrato firmado con las condiciones pactadas
  • Albaranes de entrega firmados por el deudor
  • Emails o mensajes en los que el deudor reconoce la deuda o el encargo
  • Presupuesto aceptado por escrito
  • Cualquier combinación de los anteriores que acredite la relación y la deuda

Si el deudor nunca firmó nada pero tienes emails o WhatsApps que demuestran el encargo y la entrega, puede ser suficiente. El abogado valorará la solidez documental antes de presentar la petición.

¿Cuánto tarda?

Los plazos dependen del juzgado, pero en líneas generales:

FasePlazo aproximado
Reclamación extrajudicial MASC15-30 días
Preparación y presentación del monitorio5-10 días hábiles
El juzgado admite y notifica al deudor4-12 semanas (según juzgado)
El deudor paga o el juzgado ejecuta20 días tras notificación

En total, desde que contratas hasta que el deudor recibe la petición judicial, pueden pasar entre 2 y 5 meses dependiendo de la carga del juzgado competente. Tienes el detalle fase por fase, incluidas las variables que más influyen, en la guía sobre cuánto tarda un procedimiento monitorio.

¿Cuánto cuesta y hace falta abogado?

El monitorio tiene tasa judicial cero para personas físicas (autónomos). Para empresas, la tasa también es cero para cuantías inferiores a 2.000 €, y muy reducida para importes mayores.

No es obligatorio llevar abogado para la petición inicial, con independencia de la cuantía (art. 814 LEC), pero en la práctica es muy recomendable para asegurarse de que la petición se redacta correctamente y no es inadmitida. Puedes ver el detalle de esta cuestión en la guía ¿necesito abogado para un procedimiento monitorio?

En Cobroformal.es, la reclamación extrajudicial cuesta 179 € + IVA, precio cerrado. El monitorio no se vende por adelantado: si tras la reclamación extrajudicial el deudor no paga, se valora presentar la petición de monitorio por 229 € + IVA adicionales, y decides tú si quieres continuar.

¿Qué pasa si el deudor se opone?

Si el deudor presenta escrito de oposición con argumentos jurídicos, el asunto pasa a un juicio ordinario o verbal según la cuantía. Esto eleva significativamente el coste y el tiempo del proceso. Puedes ver en qué cambia exactamente en la guía monitorio vs. juicio verbal.

En ese escenario, el coste adicional —representación en juicio, posibles peritajes, etc.— se presupuesta aparte. Cobroformal.es lo deja claro desde el inicio: el precio del monitorio cubre hasta la petición inicial, no la oposición ni la ejecución.

¿Y si el deudor no paga ni se opone?

Si no hay respuesta, el título obtenido permite instar la ejecución forzosa contra los bienes del deudor. Obtener el título no equivale automáticamente a cobrar: en la guía sobre qué pasa si el deudor no tiene bienes explicamos cómo funciona la ejecución y qué expectativas son realistas.

¿Cuándo NO usar el monitorio?

El monitorio no es la mejor vía cuando:

  • El deudor está en concurso de acreedores (insolvencia formal)
  • La deuda no está documentada de ninguna forma
  • El deudor tiene argumentos reales para no pagar (hay controversia de fondo)
  • La cuantía es muy baja y el coste del proceso no compensa

En esos casos, la orientación del abogado antes de contratar es fundamental.

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Este contenido es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.

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