⚠️ Servicio en fase de validación: aún no operativo. Apúntate y te avisamos en cuanto abramos.

cobroformal.es
← Blog / Guías

Procedimiento monitorio: qué es, cómo funciona y cuándo usarlo

El monitorio es el proceso judicial más rápido y económico para cobrar deudas documentadas en España. Guía completa para autónomos y pymes: requisitos, plazos, costes y diferencias con otros procesos.

· 6 min de lectura

El procedimiento monitorio es el mecanismo judicial diseñado específicamente para cobrar deudas de dinero que están documentadas. Es el proceso más habitual para autónomos y pymes que necesitan cobrar una factura impagada y el deudor no responde.

Si tienes una deuda vencida, líquida y documentada, el monitorio es casi siempre la vía más rápida y barata para ir al juzgado.

¿Qué es el procedimiento monitorio?

Es un proceso judicial regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Permite reclamar al juzgado el pago de una deuda de dinero sin necesidad de celebrar juicio oral, siempre que la deuda esté suficientemente documentada.

El juez, sin escuchar al deudor, emite una petición de pago formal. El deudor tiene entonces un plazo para:

  1. Pagar → el proceso termina
  2. Oponerse con razones jurídicas → el asunto pasa a juicio ordinario o verbal
  3. No hacer nada → el juzgado dicta un auto de ejecución automático

En la práctica, más del 70% de los monitorios terminan sin oposición.

¿Qué deudas pueden reclamarse?

Pueden reclamarse mediante monitorio las deudas que cumplan estos requisitos:

  • Dinerarias: solo dinero, no otro tipo de obligaciones
  • Vencidas: el plazo de pago ya ha pasado
  • Líquidas: el importe es determinado o fácilmente calculable
  • Documentadas: respaldadas por factura, contrato, albarán, reconocimiento escrito u otro documento que acredite la relación comercial

Sin límite de cuantía: desde 2015, el monitorio se puede usar para cualquier importe. Antes solo era para deudas de hasta 250.000 €.

¿Qué documentos necesito?

El documento más importante es la factura. Pero si no tienes factura, también pueden servir:

  • Contrato firmado con las condiciones pactadas
  • Albaranes de entrega firmados por el deudor
  • Emails o mensajes en los que el deudor reconoce la deuda o el encargo
  • Presupuesto aceptado por escrito
  • Cualquier combinación de los anteriores que acredite la relación y la deuda

Si el deudor nunca firmó nada pero tienes emails o WhatsApps que demuestran el encargo y la entrega, puede ser suficiente. El abogado valorará la solidez documental antes de presentar la petición.

¿Cuánto tarda?

Los plazos dependen del juzgado, pero en líneas generales:

FasePlazo aproximado
Reclamación extrajudicial MASC15-30 días
Preparación y presentación del monitorio5-10 días hábiles
El juzgado admite y notifica al deudor4-12 semanas (según juzgado)
El deudor paga o el juzgado ejecuta20 días tras notificación

En total, desde que contratas hasta que el deudor recibe la petición judicial, pueden pasar entre 2 y 5 meses dependiendo de la carga del juzgado competente.

¿Cuánto cuesta?

El monitorio tiene tasa judicial cero para personas físicas (autónomos). Para empresas, la tasa también es cero para cuantías inferiores a 2.000 €, y muy reducida para importes mayores.

El coste real es el honorario del abogado. No es obligatorio llevar abogado en monitorios de menos de 2.000 €, pero en la práctica es muy recomendable para asegurarse de que la petición se redacta correctamente y no es inadmitida.

En Cobroformal.es, el pack completo (reclamación extrajudicial MASC + monitorio) cuesta 349 € + IVA, precio cerrado, sin porcentaje sobre lo recuperado.

¿Qué pasa si el deudor se opone?

Si el deudor presenta escrito de oposición con argumentos jurídicos, el asunto pasa a un juicio ordinario o verbal según la cuantía. Esto eleva significativamente el coste y el tiempo del proceso.

En ese escenario, el coste adicional —representación en juicio, posibles peritajes, etc.— se presupuesta aparte. Cobroformal.es lo deja claro desde el inicio: el pack cubre hasta la petición inicial del monitorio, no la oposición ni ejecución.

¿Cuándo NO usar el monitorio?

El monitorio no es la mejor vía cuando:

  • El deudor está en concurso de acreedores (insolvencia formal)
  • La deuda no está documentada de ninguna forma
  • El deudor tiene argumentos reales para no pagar (hay controversia de fondo)
  • La cuantía es muy baja y el coste del proceso no compensa

En esos casos, la orientación del abogado antes de contratar es fundamental.


¿Tu caso encaja? Cuéntanos la situación — revisamos la documentación y te decimos en menos de 24 horas si el monitorio es la vía adecuada.

Cobroformal.es

¿Tienes una factura impagada?

Abogado real, precio fijo, sin porcentaje sobre lo recuperado. Servicio en fase de validación: apúntate y te avisamos.

WhatsApp